26 feb 2011

NO MÁS ENGAÑOS INTERNACIONALES NI COMPRAS DE MENTIRAS
Por: German Brberi Perdomo
No sé que sentir. Si tristeza o rabia en el corazón cuando leo que una revista internacional mexicana de la talla de CNNEXPANSION.COM, se deja engañar y resalta al alcalde autista de Ibagué, como uno de los más importantes a nivel latinoamericano en la consecución de empleo para su ciudad, y lo más grave, es que el falsario se enaltece con cifras que no son ciertas y amañados programas que sólo han servido para esquilmar el erario, como el famoso Call Center, que le costó a Infibagué, DOS MIL MILLONES DE PESOS, sin contraprestación alguna, mas el pago de costosos arrendamientos de las secretarías retiradas para que funcionara, como la de Tránsito que arrendó además una bodega disque para subarrendarla a una entidad nacional, que jamás llegó y ahí está el detrimento, sin que el Moralesrussi criollo, se percate siquiera.
Si uno lee esa revista, cree que está viviendo en el paraíso, pero cuando regresa a la realidad todo está liquidado. ¡Qué horror! y lo peor, es que eso cuesta. No en vano le publican un análisis amañado o le conceden un premio a quien no lo merece en pequeñas urbes de estas repúblicas bananeras. ¿Y de dónde salen los dineros para pagar esas publicaciones? Ni preguntarle al tocayo ejemplarmente destituido de Bogotá y menos a la Procuraduría Provincial que tampoco nada ve. Pero que del erario y en detrimento del desarrollo de la ciudad…claro que de ahí sale.
Pues bien, me di a la tarea de buscar la revista por internet y leer las barrabasadas allí expuestas (usted lo puede hacer: ingrese a http://blogs.cnnexpansion.com/soy-competitivo/?p=67) para que se aterre, y no dudé en dejar mi comentario, y cuál no sería mi sorpresa, cuando otro colega igualmente preocupado también ya había escrito allí.
Y obvio, que debemos hacerlo, no en contra de la ciudad que amo, sino de quienes pretender engrandecerse a costa de todo un pueblo, a quién engañó y le robó las posibilidades de un desarrollo que merecía y lo atraso 50 años en comparación con ciudades intermedias similares.
Si fuera cierto lo allí escrito, lo aplaudiría, pero no se puede esquilmar más a nivel internacional (Miami, Perú, España etc.…), pagando del erario para ganar indulgencias con padres nuestros ni siquiera ajenos, sino falsos, mientras la ciudad se derrumba en el desempleo, la corrupción, la inseguridad, la ausencia de gobierno, el atraso, la inmovilidad, la falta de educación, de salud y de servicios. ¿O es que el agua si llega todos los días a la población…llueva o haga sol? y el acueducto alterno que de nada servirá, se queda estático con unos tubos millonarios que no sirven para nada y como monumento al desfalco descarado y a la desidia, cual panóptico.
Pues bien, si ingresan a la página, se percatarán que me permití invitar a la ciudad al articulista, el Dr. Miguel Barber Kuri, para que vea por sus propios ojos la realidad de Ibagué, y en adelante no escuche solo la opinión de un mentiroso y la coteje, para poderle enviar a la opinión pública internacional verdades, no mentiras y para que se percate que los Ibaguereños rezamos todos los días el rosario pidiendo a la Virgen y su hijo, que pasen rápido los escasos meses que le quedan a este sujeto que padecemos como alcalde, para que cese la horrible noche. 

24 feb 2011

LOS ATAQUES BAJOS
Luis H. Rodríguez A.
Un principio del partido comunista, tan aplicado por los terroristas de las FARC, hace uso de una práctica que ha causado mucha sangre a nivel mundial: La consagración de todas las formas de lucha. Es decir, que no importa cómo se llegue al poder, sin miramiento alguno, pasando por encima de todo el mundo, asesinando, haciendo terrorismo etc., forma que está proscrita a nivel global.
En la política nacional se ha cumplido y vemos los resultados desastrosos tanto para la democracia, como para quienes han optado por esa forma de conquistar poderíos, con o sin respaldo popular. La narcopolítica, el paramilitarismo en coadyuvancia con los líderes políticos, la guerrilla, son muestras del fracaso de esas formas que liquidan la honestidad y la rectitud que debe primar en toda contienda, por encima de intereses personales o de unos cuantos.
Toda disputa electoral, así suene a utopía, para que sea realmente democrática, debe permitir que el elector decida libremente, sin coacciones, prebendas, amenazas o influencias síquicas. Ello garantiza en principio, que quienes sean elegidos representen a un conglomerado.
Por ello no compartimos que a través del dinero corrupto, de mentiras, falacias, consejas, o de la utilización de todas las formas de lucha, la democracia se convierta en la existencia de elites, propuestas por Pareto, Mosca y también Michels, que provoca que un grupo minoritario del sistema social se encargue de dirigir al resto. Y no vamos a analizar el sistema que propiciaron Bentham y James Mill, y por otro, la teoría de Rousseau que fue utilizada para un sistema más moderno por John Stuart Mill y Cole. ¡No!...aspiro a la democracia simple y llana, la que debe permitir que gane el que las mayorías quieran.

De allí, que no está bien que se utilice como arma para desconcertar al electorado, descalificando a uno de los candidatos – cualquiera que sea - las supuestas inhabilidades sin razón ni justificación legal alguna.

Por este mismo medio y otros, advertí de una inhabilidad que tenía el candidato a la Gobernación JAIME EDUARDO REYES, de quien lo dije y sostengo, tengo el mejor de los conceptos, pero conforme a sentencias del Consejo de Estado, se había inhabilitado. Se trataba de verdades y realidades que harían que un hombre joven, con un gran futuro, terminara con una inhabilidad por encima de los 10 años, perdiendo el Tolima allí sí, la oportunidad de tenerlo en una administración futura.

Dejo claro desde ahora, que no estoy involucrado con ningún candidato a la alcaldía, ya que por razones lógicas o ilógicas de la vida, todos son mis amigos y por ello, hablo simplemente como abogado y académico, advirtiendo que el tema por ser jurídico, lo pondré en análisis de mis estudiantes de noveno semestre de derecho en la U, Cooperativa y en especialización en Constitucional y Administrativo de la U. Católica.

Desde ahora expreso, después de un estudio serio y jurídico que el candidato LUIS H. RODRIGUEZ, no está inhabilitado para aspirar a la alcaldía de Ibagué. ¡Que gane o no… no me interesa….lo importante es el debate jurídico!

Me he permitido analizar el tema y aunque el concepto supera las 20 cuartillas, las cuales están a disposición de quien las quiera consultar, solicitándolo en mi correo www.abogadosespecializados43@hotmail.com, lo resumo así:
“(…) Hay que resaltar entonces, para poder concluir, seis (6) aspectos fundamentales:
Que LUZ AMPARO NOREÑA DUQUE, no es la REPRESENTANTE LEGAL de la COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA COLMENA S.A., es la Gerente General de la Sucursal Ibagué y actúa como Apoderada para los eventos de contratación.
Que la COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA COLMENA S.A., no administra ni tributos, tasas o contribuciones (Parafiscales), ni los va a manejar con el contrato objeto del estudio jurídico.
Que la sociedad COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA COLMENA S.A. se obligó en el contrato que nos ocupa, suscrito por LUZ AMPARO NOREÑA DUQUE, como apoderada de la Compañía, fue a ADMINISTRAR EL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALES ARP, que no pertenece al REGIMEN SUBSIDIADO.
Que LUZ AMPARO NOREÑA DUQUE, suscribió el contrato con el municipio en su calidad DE APODERADA de la compañía y no como  representante legal de la misma, ya que sus facultades para ello están dadas a ese título en el poder general contenido en  la escritura pública 2.282 del 16 de septiembre de 1996 otorgada en la Notaría 16 de Bogotá D.C. y existe una representante legal de la Compañía con cuatro suplentes debidamente designados, posesionados y registrados tanto en Cámara de Comercio como ante la Superintendencia Financiera.
Que la inhabilidad del artículo analizado, es clara y sólo hace referencia a que dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección…hayan sido representantes legales de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, … o de seguridad social de salud en el régimen subsidiado en el respectivo municipio. (Subrayado propio fuera de texto)
Y al no ser ni la representante legal, sino apoderada de la sociedad y de una entidad que si bien forma parte de la seguridad social en salud,  LA ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALES ARP,  no pertenece al REGIMEN SUBSIDIADO, como expresamente lo determina la ley, y al ser las inhabilidades expresas, no admitiendo analogías ni interpretaciones extensivas, sino restrictivas, no se tipifica o encuadra dentro de la misma.
III.- CONCEPTO JURÍDICO.-
Por lo anteriormente analizado jurídicamente, se conceptúa que no existe ninguna inhabilidad para ser inscrito como candidato a la alcaldía de Ibagué y ser elegido para el Dr. LUIS H. RODRIGUEZ, al haber suscrito su cónyuge un contrato con el municipio de Ibagué para la administración del sistema de riesgos profesionales ARP para los empleados de planta de personal del nivel central de la administración municipal, con vencimiento el 31 de diciembre de 2011.”

20 feb 2011

EL SÍNDROME MORALESRUSSI
No  cabe duda que aunque criticado por sus respetables creencias religiosas y por  inventados favorecimientos con el ex presidente Uribe, Habemus Procurador,  en cabeza del Dr. Alejandro Ordoñez, y el coletazo se ha sentido en la Procuraduría Regional, a cargo de una mujer valiente, profesional idónea  y estudiosa, como lo ha demostrado con sus fallos, muchos de ellos respaldados en Bogotá.
Lamentablemente no podemos decir lo mismo de la Procuraduría Provincial, donde igualmente está al frente una respetable y experimentada funcionaria, pero cuyos resultados no se conocen, o por lo menos hasta ahora. Y ni que mencionar siquiera al Moralesrussi criollo de Ibagué, cuyo presupuesto se va en burocracia, sin resultado alguno.
Miguel Ángel Moralesrussi
Contralor de Bogotá
Lo que viene para los corruptos, debe constituirse no sólo en un campanazo para evitar que se sigan robando el erario, sino que quedará para la historia pulcra de un país que requiere de servidores probos, idóneos y por sobre todo honestos.
La semana entrante estamos seguros se producirá el fallo de primera instancia destituyendo al Contralor de Bogotá, Miguel Ángel Moralesrussi y el parlamentario Olano, y con inhabilidad de 15 o más años para ocupar cargos públicos o contratar con el Estado. Y obvio, a continuación vendrá la sentencia condenatoria en materia penal por múltiples delitos conocidos por la opinión pública nacional e internacional. Luego irán por los hermanitos Moreno, con el alcalde del Polo a la cabeza, la ex secretaria del IDU y otros que se hurtaron al Distrito.
La pregunta del millón, es ¿Cuándo tendremos resultados en Ibagué? Todo indica que es similar lo que viene ocurriendo desde hace tres años, cuando llegaron unos personajes no nacidos en nuestra tierra, a arrasar con todo. Los contratos chalecos, están a la vista. Las ilegalidades en la contratación a dedo, con una gestora cuya función no es contratar obras públicas es vergonzosa; el robo del Call Center, donde Infibagué regaló impunemente más de Dos Mil Millones de pesos a cambio de nada; el enriquecimiento ilícito abierto y de frente que han tenido algunos de los más altos funcionarios en Ibagué que se palpa a simple vista, con costosos vehículos, mansiones, apartamentos adquiridos en sitios exclusivos donde jamás hubieran podido habitar sin el hurto que hacen de frente, retador e inmisericorde; adquisición de costosas afiliaciones a clubes para ellos y su familia; sus  fincas, los regalos de costosos autos a la compañera permanente del de mayor jerarquía; la compra de materiales a valores superiores de los normales, por ejemplo para algunos reparcheos; la facturación de drogas genéricas como si hubiesen sido adquiridas en laboratorios; el sobre costo en las ampliaciones del Hospital San Francisco; la construcción de una clínica privada en ciudad diferente de Ibagué, a nombre del hermano testaferro del mayor corrupto; el cobro excesivo del predial y la no aplicación de los incentivos aprobados por el Concejo etc.…etc.….que todo el mundo ve…menos los órganos de control y es obvio que ello sea así en el caso de la Contraloría municipal, ya que su titular se debe el puesto a quien debe investigar.
Definitivamente las Contralorías territoriales -está demostrado-, no son más que órganos inoperantes que desangran los presupuestos pagando favores a quienes los eligieron, y ello debe eliminarse de raíz. Hay que buscar alternativas con estamentos privados e independientes que funcionen.
Lo importante es que deben venir investigaciones serias, ponderadas que osculten la verdad que todo el mundo conoce. ¡Ojalá no estemos equivocados, para que por fin se sepa la verdad de lo que acaece a diario y venga la reparación!  No estamos pidiendo que condenen inocentes, pero es que aquí no los hay. Se trata de que por lo menos “investiguen”, como parte de tranquilidad y credibilidad en las instituciones.
Y más pronto que tarde el síndrome Moralesrussi deberá llegar a Ibagué, porque no hay mal que dure cien años…ni cuerpo que lo resista.

8 feb 2011

A OTRO CON ESE CUENTO….
Uno no sabe cómo se hacen ciertas encuestas, si son pagadas o manipuladas por quien las contrata, pues en este caso puntual, el alcalde autista de Ibagué, es muy amigo del director de la revista que contrató una reciente sobre el porcentaje de credibilidad o apoyo a la gestión de los gobernadores y alcaldes de Colombia, donde ¡increíble…pero cierto…! aparece Chucho con el 58%. Que se sepa en Ibagué no consultaron ni llamaron a nadie, y si lo hicieron fue a los teléfonos de la alcaldía donde debieron contestar los amanuenses y contratistas lambones de siempre, ya que dicho porcentaje jamás se puede compadecer con la realidad que estamos viviendo, donde el desgobierno es total, la corrupción nos corroe con la complicidad silenciosa de los órganos de control, que no ven el ejemplo del destape de la capital de la república, en donde con un esfuerzo mínimo se está investigando la terrible corrupción de los carruseles similares a los que aquí existen en la contratación, con la fácil prueba del enriquecimiento ilícito, que aquí como allá, pulula.

Veamos las falacias y mentiras que se tuvieron en cuenta por la revista PODER, para calificar al autista: “Durante varios años, la capital tolimense ocupó el deshonroso primer lugar en desempleo en el país, lo que profundizó la marginalidad y la pobreza. Hoy, aunque sigue siendo alto, se ha reducido de forma importante la desocupación. El alcalde ha promovido a Ibagué como un centro de inversión y de negocios, para lo cual ha estimulado con exenciones la instalación de empresas nuevas. Además, ha buscado la recuperación de la ciudad de los valores culturales y gastronómicos, que la han distinguido en el plano nacional e internacional. La seguridad urbana, el ordenamiento del tránsito, una mayor eficiencia en la prestación de los servicios públicos y el mejoramiento de las condiciones de vida de los trabajadores informales han sido también preocupaciones de la Administración.”

Quien viva en Ibagué y lea esta sarta de falsedades, creerá que simplemente se equivocaron de ciudad, pues Ibagué jamás ha salido del deshonroso sitial de los primeros puestos de desempleo y menos por la labor mentirosa e ineficaz de un alcalde que no vive donde dice gobernar y cuya labor en éste y en todos los campos administrativos ha sido nula, hasta el punto que se habla con insistencia del atraso de más de 50 años en que nos dejará al cesar la horrible noche de su inoperante desgobierno, en relación con ciudades intermedias similares.

Aquí no existe ordenamiento de tránsito alguno. El caos de movilidad se debe exclusivamente a los absurdos compromisos electoreros adquiridos por el autista, perdiéndose para Ibagué posibilidades de grandes sumas de dineros aportadas por el Gobierno nacional tanto para el transporte articulado, como para el aerotransportado que le ofrecieron sin derecho a coimas y cuyo rechazo fue inmediato, sin razones o justificación alguna, dejando al garete el requerido desarrollo en este trascendental medio de progreso.

Se nos engaño con el cuento chino de las “ciudades amables”, y ahora resulta que también quedamos por fuera de dicho programa, ante la imperdonable omisión del municipio de enviar los estudios requeridos para tal fin, para lograr el documento Conpes, como instrumento indispensable para la asignación del 70 por ciento de los recursos por parte del Gobierno nacional.
¿Los servicios públicos eficientes? Cuando hace verano no hay agua y cuando llueve tampoco y pagamos los más caros del país.
La calificación no sería más bien por ¿la inseguridad urbana?
¿Cuáles nuevas empresas? El Call Center que es el robo más de frente que se haya visto? Infibagué les regaló a los españoles más de Dos Mil Millones de pesos sin contraprestación alguna, pues hasta en el empleo que supuestamente iban a crear, nos engañaron.
Los valores culturales a que se hace referencia, ¿será a la inconclusa obra del panóptico, ejemplo mundial de la desidia pública?
¿El mejoramiento de las condiciones de vida de los trabajadores informales?, puede ser lo único cierto. Pase por la carrera tercera y los verá de plácemes, con la anuencia y la vista gorda del autista.
Ibagué… ¿Centro de inversión y de negocios? Seguramente se tratará de los chanchullos, las clínicas privadas que se construyen en otras ciudades con dineros hurtados al erario; las mansiones en Calambeo; la compra de Toyota nuevo para la compañera; la adquisición de apartamentos a nombre de testaferros; las costosas acciones en clubes privados y no digo más para no cansarlos, porque absolutamente todo es conocido en la ciudad y ha sido denunciado sin que aquí pase nada…absolutamente nada y a contrario sensu…dizque el autista tiene un porcentaje elevado de aceptación:¿Por quiénes? Lo sabrán los de la revista que en su conciencia deben saber que nada de lo que dijeron se acerca siquiera un poquito a la realidad.

29 ene 2011

DICOTOMÍAS PARA COMPARAR…
Cada día que pasa todos nos encontramos con que el vecino, amigo, pariente, colega piensa distinto a lo que uno cree que es la verdad, así no sea revelada. Y ello conlleva a dos posiciones: Se acepta el enfoque encontrado o se es firme en el propio, y en ello a veces nos sobrepasamos, tratando de convencer - aún yéndonos a las manos- , de que sólo nosotros tenemos la razón. ¡Y cuán equivocados estamos!
Cada mente humana percibe de manera diferente una realidad, hasta el punto que se puede llegar a ver verde, lo que realmente es azul, y ello es así porque la mente divisa mensajes y los clasifica, sin tener en cuenta el color frente al ojo que los aprecia, o lo que es más cierto, sin importarle.
Y cuando se trata del pasado, todos a uno como Unamuno, tenemos una versión. Parcializada o no, pero la tenemos. Lo importante es que el pasado no se quede muerto, sino que reviva permanentemente, pero conforme a lo que fue, no de lo que quisimos que fuera a nuestro querer.
Por ello, debo resaltar aquí, la hidalguía, honestidad, rectitud y ética de una familia como la Turbay, donde al conmemorar los 20 años del asesinato cruel de Diana, se sintió un amor desenfrenado por quien se fue, un cariño resaltado por la personalidad de quien no debió morir en las condiciones absurdas como ocurrió, y transcurridos tantos años, no se escuchó una sola queja contra nadie, no hubo reclamos extemporáneos que sonarían a sed de venganza contra el ex presidente de la época, jamás se culpó a quienes intentaron un rescate frustrado…solo hubo mensajes bellos, frases hermosas y exclamaciones de perdón, para quienes se llevaron inicuamente una vida tan valiosa.
No se registra en la historia judicial de Colombia, una intención siquiera de demanda de la familia Turbay, para que los reivindicaran moral o patrimonialmente, por una indiscutible falla del Estado.
¡Qué dignidad…que ejemplo para el mundo…que pulcritud de familia…!
Y se atropella uno con los hijos del absurda e injustamente inmolado Luis Carlos Galán. Quieren ser todo: Senadores, Concejales, Alcaldes de Bogotá etc., sobre un cadáver y unas aspiraciones a enriquecerse por cuenta de quien desde sitial donde se encuentre deberá revolcarse.
¡Qué diferencia abismal!....¡Qué lección de rectitud, honestidad, desprendimiento dio doña Nidia Quintero y su familia, porque nada les importa más que mantener incólume sin aspiraciones de ninguna índole, los valores del ser querido que les fue arrebatado.
Qué grande sería que quienes han pelechado las mieles del poder, sin merecimiento alguno, agacharan la cerviz por una vez en la vida, para simplemente pedir por el inmolado, sin querer buscar venganzas a costa de imaginarios y comprados testigos asesinos y desprestigiados, para que por fin podamos hablar en Colombia  de paz y tolerancia, porque esa es la capacidad de escuchar y aceptar a los demás, comprendiendo el valor de las distintas formas de entender la vida, sin rencores ni amalgamas de odios, buscando culpables, donde no los hay.
No pedimos impunidad, porque en el caso Galán no existe. Hay varios condenados y -otros que aceptaron, están con él lejos de este mundo. Acudimos a que exista indulgencia que va más allá de la tolerancia, pues es una disposición a la bondad, a la facilidad de perdonar, palabra que sólo los sabios, como Doña Nidia, saben realizar. 'En lugar de resentimiento, siento orgullo' expresa-
Doña Nidia sostiene que no guarda rencores, que pudo hablar largamente con el entonces presidente Gaviria, que tiene la certeza de que en aquella época los cuerpos de Policía no estaban preparados para esta clase de rescates. La familia también decidió dar por cancelado este capítulo. Sólo quieren recordar a Diana como la extraordinaria hija, madre, hermana y esposa, y también como la valiente periodista que murió en su empeño por buscar la paz.
¡Qué ejemplo, mientras otros juegan los dados del oportunismo sobre el cadáver de su padre!

LA VERDAD SOBRE UNA INHABILIDAD

Tengo el mejor concepto de la persona de JAIME EDUARDO REYES. Es un hombre preparado, juicioso, honesto, ético y así lo ha demostrado en toda su actividad pública.

Como Tolimense me preocupa mi departamento y no quisiera que regresáramos al pasado cuando la institucionalidad se perdió y quedaron al garete todas las ejecutorias, por una investigación que colocó en entredicho la legitimidad de una elección.

Fui testigo privilegiado de ese acontecer, ya que emití concepto jurídico compartido con colegas ex Magistrados de las altas Cortes, donde en forma juiciosa consideramos que no había inhabilidad, citamos varios conceptos – no obligatorios-  de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado y del Consejo Nacional Electoral ( que tampoco obligan)  y, a pesar de ello, la sección Quinta del Consejo de Estado no nos dio la razón y el gobernador fue destituido y posteriormente sancionado por la Procuraduría con inhabilidades para ejercer cargos públicos. ¡Nada que hacer….!  Me consta que se vuelve todo un caos, no hay gobernabilidad, los empleados no responden al mandatario porque ya lo creen fuera del poder, todos los esfuerzos profesionales - lógicamente - se deslizan a la defensa de la causa, las obras, ejecutorias se paralizan porque la prioridad es otra, diferente al bienestar de la comunidad por la que se debe propender y por la cual se fue elegido. Obvio. Ello es así. A defender al jefe….!

Pues aquí se puede repetir la nefasta historia, que indudablemente atrasa a una región que merece un futuro digno y debidamente atendido.

Dejo constancia que he apoyado al Gobernador Oscar Barreto, me parece que ha hecho un  excelente mandato, pero como abogado no puedo callar mi preocupación. Ojalá esté equivocado, para bien de mi Tolima.

Si el Dr. JAIME EDUARDO REYES fue gobernador “encargado” dentro de los 24 meses, ¡OIGASE BIEN! Antes de la fecha de su inscripción o hubiere ejercido dicho cargo incluso como ”encargado” dentro de los 24 meses posteriores a su desvinculación, está inhabilitado y de ser así, no hay nada que hacer.
He analizado el estudio sensato de mi colega Wilson Leal y lo comparto, sin ánimo partidista, menos politiquero. Así mismo, la posición de mi amigo Orlando Arciniegas y no puedo estar de acuerdo, menos cuando se refiere a la reforma política aún sin sanción presidencial. El sabe como yo, que las leyes rigen hacia el futuro y salvo excepciones precisas, conllevan retroactividad.

Sobre el caso idéntico al que analizamos, hay pronunciamientos recientes y diáfanos de las Altas Cortes, que no admiten interpretación diferente a la existencia de la inhabilidad. ¡Lástima! porque JAIME EDUARDO es un buen candidato, y como promesa joven, no debe someterse a que una sentencia reiterada le declare una nulidad de la elección, con la investigación ineludible que le llegaría de la Procuraduría, que lo retiraría por muchos años de las posibilidades de tenerlo, - como lo merece -, más adelante manejando los destinos de este departamento. Está joven, y por eso es importante que piense bien su siguiente caminar en la política.

Las normas sobre inhabilidades e incompatibilidades de la ley 617 de 2000 son idénticas para los gobernadores y los alcaldes. Por ello en la jurisprudencia se cita la situación de un alcalde, cuya nulidad fue decretada por el Consejo de Estado y, obvio es la misma situación de quien aspira a la gobernación.

So pena de extenderme, válido por la gravedad de la situación, voy a limitarme, sin comentar a transcribir apartes de la sentencia C-194 de 1995 de la Corte Constitucional, (existiendo otras similares) y  del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, Consejera ponente: MARIA NOHEMI HERNANDEZ PINZON del 31 de julio de 2009.


“Por lo expuesto, el criterio expuesto por la Corte Constitucional en la sentencia C-194 de 1995, según el cual la conducta prohibida es una inhabilidad, es válido y aplicable al texto vigente de los artículos mencionados porque los supuestos de hecho a que se refirió siguen siendo los mismos.

En consecuencia, los artículos 38-7 y 39 de la Ley 617 de 2000 en cuanto prohíben la inscripción como candidato a alcalde de quienes hayan ejercido dicho cargo dentro de los 24 meses posteriores a su desvinculación, constituye materialmente una causal de inhabilidad para ser elegido. En consecuencia, procederá la Sala a estudiar su sentido y alcance.

(…)

En criterio de la demandada y del a quo la prohibición en estudio no le es aplicable a los alcaldes municipales “encargados” porque ellos no desempeñan sus funciones durante un “período” como lo exige el numeral 7º del artículo 38 de la Ley 617 de 2000 y que dicha exigencia sólo está dirigida a quienes son elegidos alcaldes popularmente para un período de cuatro años y a quienes son designados por los Gobernadores para concluir el período en caso de faltas absolutas de los primeros.

El argumento expuesto no es de recibo, en primer lugar, porque el numeral comentado no distingue entre quienes son elegidos popularmente, los designados por el Gobernador o encargados por los mismos alcaldes para suplir sus faltas temporales, razón por la cual debe aplicarse el principio hermenéutico según el cual donde la ley no distingue no le es dable al intérprete distinguir. En segundo lugar, lo que prohíbe la disposición señalada es que “los alcaldes o quienes los reemplacen” puedan “inscribirse como candidato a cualquier cargo de elección popular durante el período para el cual fue elegido”, esto es, durante los cuatro años que dura el período del elegido.


(…)

No sobra agregar que la tesis según la cual las inhabilidades derivadas del ejercicio de cargos públicos no se configuran cuando se desempeñan a título de encargo, fue desvirtuada por la Sección en varias oportunidades; así, en sentencia de 5 de octubre de 2001, exp. 2001-0003 (2463), determinó lo siguiente:

“… esta Sala sostiene que con el ejercicio del cargo, a cualquier título, se configura la inhabilidad, vale decir, no sólo cuando se ejerce en propiedad sino también mediante otra forma de provisión, como por ejemplo, en provisionalidad, en comisión o por encargo, porque la norma hace referencia al ejercicio y no a la titularidad del cargo.” (Alzaprimo para resaltar fuera de texto)

Sostuvo el H. Consejo de Estado:


Ha refutado la parte demandada esa tesis aduciendo que la nulidad no tendría cabida porque las causales de incompatibilidad no dan lugar a ello e igualmente porque la situación fáctica requerida para el adecuamiento normativo se refiere exclusivamente a quienes hayan ocupado esa dignidad por voto popular y no para los encargados.




El concepto de encargo trae implícito el desempeño de funciones constitucionales y legales asignadas al titular, como lo ha afirmado esta Corporación en forma reiterada[1]. Así se pronunció al respecto:

“El encargo implica de por sí para quien lo asuma, el desempeño de las funciones propias del empleo para el cual se ha producido el encargo, en forma parcial o total de las mencionadas funciones, según lo señale el acto administrativo que lo confiere sin que se requiera por dicha razón, de una delegación de funciones.  Ha de entenderse, asimismo, que si el acto que confiere el encargo no establece expresamente qué clase de funciones puede ejercer la persona en el empleo para el cual ha sido encargada, ella está en capacidad de cumplir todas aquellas funciones propias o inherentes del cargo que se va a desempeñar temporalmente.”[2]

En sentencia de 17 de febrero de 2005 se reiteró la tesis expuesta en precedencia, y se agregó que:

“Adicional a lo anterior debe señalarse que el encargo, como una situación administrativa que es, corresponde a una figura jurídica empleada para proveer los cargos ante vacancias definitivas o temporales, encomendando el ejercicio de esas funciones a otro empleado, quien puede ser desvinculado o no, de las funciones inherentes a su cargo (D.L. 2400 de 1968 art. 23 y D.R. 1950 de 1973 art. 34). Según el tenor literal de la primera disposición “Los empleados podrán ser encargados parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquéllos para los cuales han sido nombrados por ausencia temporal o definitiva del titular”, lo cual conduce a pensar que si en el acto de encargo no se delimitan las funciones, es claro que el encargado está habilitado para ejercerlas a plenitud, sin que del mismo puede predicarse, como lo hace el apoderado del accionado, que sea un simple administrador por tan precaria condición.” (Negrillas y subrayas de la Sala)

Tan irrelevante es el título que sirve de fundamento al ejercicio de funciones públicas para efectos de la configuración de inhabilidades que incluso esta Sección ha considerado que éstas se extienden a  los funcionarios de facto o de hecho, es decir, a quienes carecen de investidura o la tienen de manera irregular y desempeñan funciones que corresponden efectivamente a un empleo público debidamente creado con la creencia del funcionario y de los asociados de que las ejerce legítimamente.[3]


En suma, las prohibiciones contenidas en las normas objeto de estudio son aplicables a “los alcaldes, así como los que los reemplacen en el ejercicio del cargo”, es decir, a todas las personas que, sin importar la causa o el origen de su nombramiento, ejerzan el cargo de alcalde municipal.

Finalmente, conviene anotar que los fines perseguidos por la prohibición examinada son los de garantizar la igualdad de trato de los candidatos a ser elegidos alcaldes y el ejercicio de los derechos políticos a elegir y ser elegido, e impedir que los candidatos que hayan ejercido las funciones de alcalde dentro de los 24 meses anteriores a la inscripción influyan sobre los electores mediante las prerrogativas que se derivan de dicho cargo. Esos fines se realizan plenamente con la interpretación que prohíja la Sala.”[4]

“Es claro, según las anteriores precisiones jurisprudenciales, que la persona que haya ocupado el cargo de alcalde municipal o distrital, sin importar si lo ha hecho bajo la situación administrativa del encargo, queda sujeto a la prohibición legal prevista en los artículos 38.7 y 39 de la Ley 617 de 2000 -impropiamente denominada incompatibilidad-, consistente en que no podrá inscribirse a cualquier cargo de elección popular en la misma comprensión territorial, dentro de los 24 meses siguientes a la dejación del cargo de alcalde. De contera, a la Sala le corresponde verificar enseguida si están dados los supuestos para la configuración de la prohibición, resultando pertinente citar el material oportuna y regularmente recaudado:

Según la copia auténtica de los anteriores documentos públicos, que no fueron tachados de falsos o cuya autenticidad no fue desvirtuada, se ha acreditado que FERNEY HUMBERTO LOZANO CAMELO fue designado Alcalde del Municipio de Yumbo (en encargo), mediante Decreto 0150 del 23 de marzo de 2006 expedido por el Gobernador del departamento del Valle del Cauca, tomando posesión del cargo en la misma fecha, y que como tal actuó hasta el 2 de mayo de 2006, debido a que el día 3 de los mismos mes y año, se posesionó en esa dignidad LUIS FERNANDO LENIS BARCO por haber sido elegido por voto popular.

(…)


Así las cosas, FERNEY HUMBERTO LOZANO CAMELO tenía legalmente prohibido inscribirse como candidato a cualquier cargo de elección popular en el municipio de Yumbo entre el 3 de mayo de 2006 y el 3 de mayo de 2008, de modo que al haberlo hecho como candidato al cargo de alcalde de esa entidad territorial el 3 de agosto de 2007, infringió las normas previstas en los artículos 38.7 y 39 de la Ley 617 de 2000, resultando así nula su elección.

En consecuencia, la Sala revocará la sentencia desestimatoria del 12 de noviembre de 2008 y declarará la nulidad de la elección acusada.” (Negrillas, cursiva y mayúsculas fuera de texto)

Excúsenme lo extenso, pero el caso lo amerita.

Simplemente dejo esta constancia, sin  ánimo diferente a querer a mi Departamento. Cada uno de Ustedes podrá juzgar.
 


[1] Ver sentencias de 21 de abril de 1992, 9 de septiembre del mismo año y del 2 de noviembre de 1995, de la Sección Segunda, Expedientes 4134, 3526 y 5672, respectivamente. Magistrados ponentes Alvaro Lecompte Luna y Dolly Pedraza de Arenas.
[2] Primera sentencia antes citada.
[3] Auto de 13 de enero de 1994, exp. 1090 y sentencia de 13 de octubre de 2005 exp, 3816. 
[4] Sentencia del 29 de enero de 2009. Expediente: 760012331000200701606-01. Actor: John Enrique Vargas Ordóñez. Demandado: Alcalde del Municipio de Jamundí.

15 ene 2011

EL AÑO DE LAS DEFINICIONES
Por: Germán Barberi Perdomo
Así se puede denominar al 2011. No sólo por lo que los astros nos señalan en materia de calentamiento global, del fenómeno de la niña o del niño; de la aprobación del TLC; o del encuentro traumático y próximo señalado por los entendidos con los extraterrestres; la separación definitiva de la amistad de Uribe con Santos; el fin por fin de la guerra fratricida con Cano que es un intelectual y no un guerrerista; la reivindicación de los desplazados; el manejo adecuado de los bienes de los narcos; la defensa del ciudadano común en las ciudades apoderadas por el hampa criolla; la culminación de las obras exageradas y sin  planeación en la capital de la república; el entierro del Polo por suicidio propio; el incremento del 4% del salario mínimo; el crecimiento de la economía por encima del 5%; el afianzamiento de acuerdos económicos con el llamado “mejor amigo” incluyendo la caída del gobierno dictatorial del “mejor amigo”; el despelote del Brasil sin Lula; el auge económico de Chile; el desmorone de la presidenta de Argentina, sin su esposo; la muerte del fósil- déspota más grande de Latinoamérica..Fidel; el desmantelamiento de los campamentos guerrilleros en Venezuela, Ecuador y Bolivia; la quiebra de Venezuela por regalar el petróleo a costa de sus ciudadanos; la razón y el poder que se impondrán en Irak para que no termine Mahmud Ahmadineyad como su faisano querido Saddam “ahorcado”; el intercambio  nuevamente de espías entre U.S.A y Rusia; Los atentados frustrados de al-Qaeda en el territorio del Tío Sam; La captura de Osama Bin Laden en una cueva con luenga barba solito y comiendo cucarachas; el fallecimiento del presidente-rey Kim Jong II de Corea del Norte al explotársele en la mano un arma nuclear; el posicionamiento del imperio Chino; La consolidación de Obama como líder mundial;  el eclipse de la O.E.A; el resurgimiento de Haití; la caída del sátrapa de Nicaragua, por traidor de la revolución; La no reelección del Indio en Bolivia; Shakira vuelve con de la Rúa; Los vallenatos juran no volver a tocar en las partes nobles a los menores, como incultura que era; El festival internacional de Teatro se consolida como homenaje a Fanny; Cartagena sigue siendo centro cultural y turístico de Colombia; Se cae el alcalducho de Bogotá, lo destituye la Procuraduría; Santos incrementa su popularidad….
Y a nivel regional: El Gobernador apoya sin muchos resultados  y sin mayores ganas a un nuevo candidato, frente a la caída de su amigo; El Alcalde autista de Ibagué y su secretaria la rubia Mirella, por fin son investigados por enriquecimiento ilícito y van a donde han debido estar hace rato: A la cárcel; Se destapa la olla podrida de  la contratación en la Gestora, Los órganos de control se pellizcan y se dan cuenta de la corrupción y de todo lo que ha sucedido allí; designan a un Secretario de tránsito que sepa de eso…y que no hable de “romboides”; el partido liberal apoya a Luis H., para la alcaldía….se emberracan Marco Tulio y Pechitos…, pero si los votos de Rubencho nada que hacer; Jorge Tulio gana la consulta en el partido de la U…Clarita y Ferro se salen del movimiento; Es elegido como Gobernador del departamento Luis Carlos Delgado, para bien del Tolima….
Y así terminan estas cábalas de este año que sin duda será de DEFINICIONES…..